Asimismo, con esta Ley también es posible llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores, proponiéndoles una quita (% de deuda) y una espera (X años).
Los requisitos para acceder a ella son los siguientes:
- Mecanismo legal dirigido a particulares, autónomos y/o avalistas
- Las deudas no pueden superar los 5 millones de euros
- Ser deudor de buena fe
- No tener patrimonio (activo) suficiente para hacer frente a las deudas contraídas
- No tener delitos penales económicos
Beneficios durante el proceso:
- Dejarás de pagar las cuotas de los préstamos y se suspenden los intereses
- No se pueden iniciar procedimientos judiciales de reclamación de cantidades, y las que ya están en proceso, se suspenderán
- Podrá mantener su vivienda habitual y su vehículo
- Si quiere hacer una dación en pago de algún bien, NO le quedará un remanente por pagar, se exonerará el restante
Beneficios después del proceso:
- Desaparece de las listas de morosos
- Se le cancelarán sus deudas
- Podrá mantener su vivienda habitual y el vehículo
- Podrá solicitar otros créditos, hipoteca…